Por: Manuel López, líder de negocios en competencia de Celsia

Procaña en alianza con Celsia le informa a sus afiliados todo lo que deben saber para acceder, a la exención de la contribución de solidaridad la cual equivale al cobro de un 20% adicional sobre el valor total del servicio de energía previo cumplimiento del requisito.

¿Cuál es la contribución de solidaridad?

Es un gravamen establecido desde la Ley 142 de 1994 que equivale al 20% adicional del costo del servicio y se aplica a los usuarios industriales, comerciales y residenciales de estratos 5 y 6. Se considera de solidaridad, porque el dinero recaudado se emplea para financiar parte de los subsidios que reciben los clientes residenciales de estratos 1, 2 y 3.

Sin embargo, la Ley 1430 de 2010 y el Decreto 2860 de 2013, establecieron beneficios tributarios a la mayoría de las actividades industriales, permitiéndoles estar exentas del pago de esta contribución del 20%.

¿Quiénes están exentos de la contribución?

Están exentos los usuarios industriales, cuya actividad económica principal registrada en el RUT, se encuentre en los Códigos 011 a 360, 581 o 411 a 439 de la Resolución 000139 de 2012 de la DIAN. 

El consumo del usuario está exento de la contribución sólo en las instalaciones donde se desarrolle alguna de estas actividades. Si esta se ejecuta en varios inmuebles, la exención se aplica en todos aquellos en los que se realice dicha actividad. (Decreto 2860 de 2013).

¡El cultivo de Caña hace parte de las actividades principales exentas de la contribución!

¿Cuáles son los requisitos?

Para acceder a la exención se debe radicar la solicitud por escrito ante la empresa prestadora del servicio de energía anexando:

  1. El RUT, el cual debe corresponder con los Códigos 011 a 360, 581 y 411 a 439, y además debe ser expedido con una anterioridad no mayor a 30 días calendario a la fecha de la solicitud.
  2. La solicitud debe incluir la identificación de las sedes donde se desarrolla la actividad principal y la relación de los NIU – Número de identificación del Usuario, que se encuentra en la factura. ¡Tenga presente que, al ser un impuesto, el cliente asume la veracidad de la información! 
  3. Para mantener el beneficio, el usuario debe presentar cada 6 meses ante su comercializador el RUT actualizado. En caso de no presentarlo o si se evidencia que la actividad económica principal registrada en el RUT no corresponde a la efectivamente desarrollada por el usuario, el Comercializador debe suspender la exención y está obligado a informar a la DIAN. 

¿Cómo lo puedo solicitar?

Para poder realizar la solicitud es importante conocer el procedimiento y canales de atención con los que cuenta la empresa que le presta el servicio. 

En caso de que su comercializador sea CELSIA puedes hacerlo de esta forma:

  • Comuníquese al correo electrónico servicioalcliente@celsia.com
  • Acérquese a un centro de servicios 
  • O llame a la línea nacional de servicios 01 8000 112 115

Afiliado a Procaña en caso de presentar dudas o requerir mayor información, también se puede comunicar con nosotros al correo servicios@procana.org o al celular 310 8259113, en donde estaremos atentos a ayudarle en este importante proceso.

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